Esta entrada ha sido escrita por Kornelius Kahlbaum.
Supongamos que la Fiscalía del Menor les remite un fax solicitando información acerca de una paciente (diagnóstico y tratamiento psiquiátricos, naturalmente). Se trata de una paciente que uno de nosotros trata, pero la Fiscalía solicita esa información en relación a un asunto de Protección de Menores (que no especifica). ¿Qué harían ustedes? ¿Seguirían las indicaciones del código deontológico de la Organización Médica Colegial que impide explícitamente el divulgar/violar el secreto profesional?
Lo anterior me ocurrió hoy - me puse en contacto con la Asesoría Legal del HUGCDN y me dijero que sí, que aunque la solicitud de información no viniera de un juez, tendría que responder. Sin embargo, me acordé de que la Asesoría Legal se encarga de proteger al Servicio Canario de Salud y no, en sentido estricto, al médico psiquiatra, así que no he tenido en cuenta su respuesta.
Espero con avidez las contribuciones de los demás participantes anónimos...
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